1 de septiembre de 2009
A: El profesorado, personal y estudiantes
De: Diana Natalicio
Asunto: Declaración sobre la política relacionada con la conducta sexual inapropiada y
el acoso sexual
Declaración Oficial sobre las Normas de Igualdad de Oportunidades
y Acción Afirmativa
Declaración sobre la política relacionada con la conducta sexual inapropiada y el acoso sexual
La Universidad de Texas en El Paso se compromete a mantener un ambiente académico y laboral libre de conductas sexuales inapropiadas. El comportamiento sexual inapropiado y el acoso sexual son conductas no profesionales. Además, el acoso sexual es una forma de discriminación sexual y es ilegal. La Universidad prohíbe y condena terminantemente dicha conducta y tomará medidas disciplinarias inmediatas en contra de las personas a quienes se les encuentre culpables de conducta sexual inapropiada y acoso sexual en contra de algún empleado o estudiante.
La conducta sexual inapropiada incluye acercamientos sexuales, peticiones de favores de naturaleza sexual y otro tipo de conducta verbal o física de naturaleza sexual.
El acoso sexual ha sido definido por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos y por la División de Derechos Humanos de la Comisión Laboral de Texas, de acuerdo con las cortes estatales y federales, de la siguiente manera. Acercamiento sexual indeseado, petición de favores relacionados con el sexo y otro tipo de conducta verbal o física de naturaleza sexual, cuando:
• El ofrecimiento o petición de dicha naturaleza haya sido hecho a un empleado o estudiante ya sea explicita o implícitamente, a cambio de un término o condición de empleo o logro académico
• El ofrecimiento o rechazo de un empleado o estudiante a dicha conducta se utiliza como base para decidir su estatus de empleo o académico afectando a la persona
• Dicha conducta tiene el propósito o efecto de interferir sin razón alguna, en el desempeño laboral o académico del individuo o de producir un ambiente de trabajo o académico intimidatorio, hostil o desagradable.
La política sobre conductas sexuales inapropiadas y el acoso sexual de UTEP también incluye una disposición en cuanto a las relaciones consensuales. Las relaciones amorosas o sexuales quedan prohibidas entre:
• Un(a) integrante del personal docente y un(a) estudiante que esté inscrito(a) en su clase o que esté bajo la supervisión de el (la) integrante del personal docente.
• Un(a) supervisor(a) y una persona que esté bajo su supervisión.
La política no tiene como fin desalentar la interacción entre los docentes y estudiantes o los supervisores y empleados cuando se realice en forma apropiada y ética; sin embargo, si tiene como propósito dejar en claro que las relaciones amorosas y sexuales en el ambiente académico y de trabajo originan con frecuencia, situaciones que conducen al acoso sexual, conflicto de intereses, favoritismo y una mala impresión en el ambiente laboral.
Las quejas relacionadas con la conducta sexual inapropiada y el acoso sexual deben presentarse en la Oficina de Igualdad de Oportunidades, ubicada en el edificio Kelly Hall, Oficina 302. Estas quejas se manejarán con la confidencialidad que permita la ley y únicamente tendrán acceso a la misma, quienes estén a cargo de la resolución oportuna de la queja. Cualquier tipo de hostigamiento y represalias en contra de alguna persona que presente cargos por discriminación, es ilegal y no será tolerado.
Declaración Oficial sobre las Normas de Igualdad de Oportunidades y Acción Afirmativa
La Universidad de Texas en El Paso acata las normas federales de Igualdad de Oportunidades y Acción Afirmativa. En la aplicación de sus políticas y prácticas de empleo, la Universidad no discriminará en contra de empleados o solicitantes de empleo en cuanto a su origen étnico, color de piel, nacionalidad de origen, género sexual, religión, edad, estatus de veterano, orientación sexual o discapacidad. La Universidad tomará medidas afirmativas con el fin de asegurar que la contratación de los solicitantes de empleo y el trato de los ya empleados, no se realice bajo ningún tipo de discriminación. El compromiso de la universidad con los principios de igualdad se aplica en cada aspecto del trabajo, incluyendo el de reclutamiento, promociones, retribuciones, prestaciones laborales y capacitación. El compromiso de UTEP de proporcionar igualdad de oportunidades se extiende a los estudiantes, solicitantes de admisión y otros interesados en el acceso a nuestros programas, instalaciones o servicios.
Nuestro compromiso institucional con estas normas establece unos procedimientos de selección que se fundamentan en atributos objetivos y justificables; promociones basados en un desempeño documentado, en el mérito y el potencial para alcanzar futuras metas; evaluaciones justas e imparciales y un proceso neutral y equitativo para interponer quejas. La Universidad se compromete además, a incrementar sus esfuerzos para asegurar que el proceso de reclutamiento de personal incluya personas calificadas que representen a los grupos minoritarios, mujeres, veteranos y personas discapacitadas y que sean evaluados en forma ecuánime por los comités de selección y por el personal administrativo.
Las quejas relacionadas con discriminación inaceptada deben ser dirigidas a la Oficina de Igualdad de Oportunidades, ubicada en el edificio Kelly Hall, Oficina 302. Toda la documentación será manejada en forma confidencial, hasta los límites establecidos por la ley. Las personas pueden tener la plena seguridad de que están protegidos contra cualquier tipo de coerción, intimidación y represalias por haber presentado una queja o participado en el esclarecimiento de la misma.
La implementación de estas normas es responsabilidad de todos los integrantes de la comunidad universitaria: funcionarios administrativos, decanos, jefes de departamento, supervisores y miembros del comité de selección y reclutamiento.
En la oficina antes mencionada, encontrará copias del procedimiento a seguir para presentar alguna queja. Visítenos en www.admin.utep.edu/eoaa